México, 16 Abril; poderycritica.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México avaló hoy por estrecha mayoría la constitucionalidad de una disposición que permite el «arraigo» (detención provisional) durante 40 días en casos relacionados con delitos graves.
A partir de la entrada en vigor del nuevo sistema penal acusatorio en 2016 la medida, que implica la retención de un sospechoso antes de acusarlo formalmente ante un juez mientras se le investiga, sólo se aplicará para delitos relacionados con la delincuencia organizada.
Entre los cinco ministros que votaron por la inconstitucionalidad de la norma, Juan Silva Meza indicó que el referido precepto viola el artículo séptimo de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y otros tratados en la materia firmados por México.
Sin embargo, los seis ministros que apoyaron el arraigo, incluido el exprocurador general (fiscal) Eduardo Medina Mora, argumentaron que la medida está prevista en la Constitución y que la propia SCJN aceptó en 2014 que las restricciones a los derechos humanos previstas en el texto constitucional deben ser respetadas, independientemente de lo que digan los tratados internacionales.