Ciudad de México, 12 Febrero. Los ministros Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán expusieron y votaron sobre las acciones de inconstitucionalidad 126/2015 y 127/2015 que reforman en materia electoral la Constitución Política del estado de Quintana Roo.
Éste último punto que estaba pendiente, relativo a la constitucionalidad del párrafo 1, del Artículo 57, sobre las condiciones y requisitos para la reelección de diputados locales. Al respecto, Javier Laynez se pronunció por la inconstitucionalidad e invalidez del precepto, en la parte que limita el número de reelecciones a una persona. En tanto, Alberto Pérez Dayán lo hizo en sentido contrario, por lo que al momento de la votaciones del resto de los ministros quedó por mayoría de seis votos a favor y se declaró constitucional y validada la porción del precepto aludida.
Por otra parte, por unanimidad de 10 votos de los presentes, fue invalidada la parte del mismo Artículo que sólo permitía a los suplentes ser elegidos para el periodo inmediato, con el carácter de propietarios, siempre y cuando lo hicieran en una fórmula diversa y no hubieren estado en ejercicio. Sumado a ello, por mayoría de nueve votos fue validada la parte del Artículo la cual prevé que los diputados propietarios que reelectos para un periodo adicional, no podrán ser elegidos para el inmediato con el carácter de suplentes.