El Órgano de Fiscalización Superior del Estado (Orfis) detectó que 88 municipios de Veracruz incumplen con el artículo 81 BIS de la Ley Orgánica del Municipio Libre al no haber constituido sus Institutos Municipales de las Mujeres (IMM) como Organismos Públicos Descentralizados.
De acuerdo con el Informe Especial sobre la situación que guardan los IMM, derivado del análisis de 184 ayuntamientos —28 no entregaron información—, solo el 37% (79 municipios) sí constituyó su Instituto mediante Decreto o Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Estado, como lo marca la ley.
El 50% (105 ayuntamientos) no constituyó al IMM con decreto o acuerdo, y el 13% restante no respondió la herramienta de diagnóstico del Orfis, por lo que el órgano fiscalizador se abstuvo de emitir opinión al no contar con elementos.
La Ley obliga a que los Institutos Municipales de las Mujeres deben constituirse como Organismos Públicos Descentralizados de la Administración Pública Municipal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica y de gestión, y con presupuesto propio asignado por el Ayuntamiento.
La auditora general del Orfis, Delia González Cobos, recordó que durante el proceso de entrega-recepción de las nuevas administraciones se verificará que en su creación se hayan considerado como descentralizados, un requisito que permitirá visibilizar por primera vez qué municipios están fortaleciendo estos organismos.
En un curso reciente impartido por el ente fiscalizador, María del Rocío Villafuerte Martínez, encargada del Instituto Veracruzano de las Mujeres, señaló que la descentralización es clave para que aterrice la política de igualdad y no se confunda la función del IMM con la del DIF Municipal, como ocurre actualmente.
El Orfis advirtió que estudios previos revelan que el 90% de los institutos operan sin recursos suficientes, sin personal con perfil especializado en asesoría jurídica y psicológica, sin mobiliario y con bajo nivel jerárquico, lo que reduce su labor a talleres simbólicos.
El organismo recomendó a los alcaldes regularizar la situación y publicar el decreto de creación, pues la omisión puede derivar en responsabilidades administrativas y observaciones en la Cuenta Pública 2025.






