La Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado (Secont) a cargo de su titular, Laura Luna García, requiere a David Alberto Uribe Haydar, ex gerente de la Administración Portuaria Integral de Campeche (Apicam), y a dos de sus ex colaboradores, para esclarecer el destino de recursos por el orden de 39 millones 261 mil 708.
Personal de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secont acudieron al domicilio del funcionario de la administración de Fernando Ortega Bernés, así como de Edgard Manuel Leal Rodríguez y Citlalli Concepción Sarmiento Herrera, a hacerles entrega de los citatorios.
De acuerdo al documento que trascendió ayer, los hechos se dieron a las 12:40 horas, pero, al no encontrar a nadie y no responder nadie a sus llamados, el notificador Guadalupe de la Luz Sierra Borges, fijó el citatorio en el domicilio particular del alcalde de Champotón, Raúl Uribe Haydar, hermano del también ex secretario de Pesca, cita en calle Sevilla número 24 del Fraccionamiento Lomas del Rey.
La cifra antes citada por más de 39 millones de pesos, corresponde a la sanción económica para Uribe Haydar por daños ocasionados al Patrimonio del Estado.
Cabe destacar que Leal Rodríguez fungía como director de Infraestructura, Operación y Mantenimiento.
En tanto, Sarmiento Herrera, de quien se dice es familiar del ex secretario de Gobierno, Roberto Sarmiento Urbina, desempeñaba el cargo de gerente de Contabilidad de la Apicam.
“Existen elementos suficientes que permiten determinar responsabilidad administrativa a cargo de David Alberto Uribe Haydar, Edgard Manuel Leal Rodríguez y Citlalli Concepción Sarmiento Herrera, en atención al desempeño de sus funciones como director general, director de Infraestructura, Operación y Mantenimiento y gerente de Contabilidad”, señala el citatorio en cuestión.
Lo anterior, desde la Contraloría del Gobierno del Estado de Campeche, con apoyo en lo que establecen los artículos 69 Fracción IV y 72 de la Ley Reglamentaria del Capítulo XVII de la Constitución Política del Estado de Campeche; 101 y 102 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche.
FUENTE / EL SUR DE CAMPECHE