PODER Y CRÍTICA | REDACCIÓN | En una resolución considerada histórica para el acceso a la vivienda, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad un **tope máximo al incremento anual de las rentas de vivienda en la Ciudad de México.
Con este fallo, el máximo tribunal del país determinó que los aumentos en contratos de arrendamiento habitacional no podrán ser mayores a la inflación registrada el año anterior, lo que busca frenar alzas desproporcionadas que han impulsado la gentrificación y el desplazamiento de residentes en la capital.
Un freno legal a los aumentos excesivos
La resolución deriva del amparo en revisión 546/2025, promovido por la empresa inmobiliaria Urbanhub México, que impugnó las reformas aprobadas en agosto de 2024 al Código Civil y a la Ley de Vivienda para la Ciudad de México.
Al resolver el caso, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, ponente del proyecto, sostuvo que la medida persigue un fin constitucional legítimo:
garantizar la accesibilidad a la vivienda y evitar que las personas con menos recursos sean expulsadas de la ciudad por incrementos injustificados en las rentas.
Aguilar Ortiz subrayó que el tope no elimina la rentabilidad de los arrendadores, sino que protege el valor real de la renta, evitando que se utilice como un mecanismo de presión económica contra los inquilinos.
Derecho a la vivienda frente al lucro inmobiliario
Durante la discusión, los ministros coincidieron en que, si bien el lucro inmobiliario es un derecho legítimo, este debe ser razonable y compatible con el derecho humano a la vivienda, especialmente en una ciudad con alta presión inmobiliaria.
En este contexto, la ministra Lenia Batres Guadarrama advirtió sobre la magnitud del problema al señalar que en las últimas dos décadas el costo del suelo en la CDMX se ha incrementado hasta en un 800%, fenómeno que ha profundizado la desigualdad urbana.
Libertad contractual se mantiene
El fallo aclara que la medida es proporcional y no cancela la libertad contractual, ya que propietarios e inquilinos podrán seguir pactando libremente el monto inicial de la renta al firmar un nuevo contrato, tomando en cuenta la ubicación, características y condiciones del inmueble.
Lo que se limita es el incremento anual, que a partir de ahora deberá ajustarse únicamente al índice inflacionario, marcando un parteaguas en la regulación del mercado de vivienda en la capital del país.






