Ciudad de México, Viernes 25 de Diciembre del 2020, poderycrítica.- La iniciativa contempla sancionar a los concesionarios de telecomunicaciones si no realizan el inmediato y correcto registro de las líneas y los obliga a cancelar el servicio a las y los suscriptores que no se registren.
De aprobarse el dictamen, los concesionarios de telecomunicaciones estarán obligados a suspender el servicio móvil de 99.1 millones de usuarios y usuarias en la modalidad de prepago, es decir, 83 por ciento de los suscriptores si no se registran en el plazo de un año.
La información que contendrá el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil será la siguiente:
- Números de línea telefónica móvil, de serie o identificador de la tarjeta SIM
- Fecha y hora de activación
- Nombre completo o razón social de la empresa
- Número de identificación oficial con fotografía y clave única de población
- Domicilio
- Concesionario
- Código de identidad de fabricación y características del teléfono
- Si es prepago o pospago
- Vigencia y todas las actualizaciones que ocurran.
Esta iniciativa fue catalogada por los partidos de oposición y especialistas en seguridad, como un atentado a derechos constitucionales fundamentales.
Específicamente, señalaron, atenta contra el artículo sexto, relacionado con la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) en lo relativo a:
- Acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC)
- Servicio público de telecomunicaciones
- Protección de datos personales y de acceso a la información
La propuesta permitiría a las autoridades de seguridad y de procuración de justicia el libre ejercicio de mecanismos de control sobre las personas usuarias de los servicios móviles mediante el acceso a sus datos personales.
Dichas autoridades tendrían acceso a la información del Registro sin orden judicial, aun cuando ya pueden actuar por mandato de ley (artículos 189 y 190 de la LFTR).
Otra parte preocupante de la iniciativa se ubica en el artículo cuarto transitorio, el cual otorga a los concesionarios de telecomunicaciones el plazo de un año para cumplir con las obligaciones del registro.
Además, se les indica que “deberán realizar una campaña de información dirigida a sus clientes prepago que les permita cumplir con su obligación de registrar y actualizar sus datos.
Los usuarios deberán presentar ante el concesionario el equipo celular, la tarjeta SIM, así como la documentación fehaciente. En caso de no realizar dicho trámite dentro del plazo señalado, se les suspenderá la prestación del servicio, sin derecho a reactivación, pago o indemnización alguna”.
La suspensión o cancelación del servicio móvil, por no registrarse, es muy grave porque además de violar derechos fundamentales (artículos 191 y 200 de la LFTR), pone en estado de indefensión, de riesgo y de vulnerabilidad a las personas.
Al perder el servicio móvil y su número telefónico se limita seriamente su manifestación de ideas; la búsqueda, recepción y difusión de información; la privacidad; el acceso a sus contactos y documentos, así como la secrecía de sus comunicaciones y el acceso a sus cuentas bancarias y múltiples actividades privadas que realiza mediante sus dispositivos. Incluso, se restringen sus libertades para trabajar, subsistir y comunicarse.
La razón de la iniciativa es frenar los delitos de extorsión y secuestros que se cometen, desde los centros penitenciarios, a través de teléfonos celulares que ingresan de forma clandestina y tolerada a las prisiones.
Sin embargo, no se deben afectar los derechos fundamentales de la población con una medida, como el registro de usuarios, que en el pasado ha demostrado no ser efectiva para el fin que persigue. Una posible solución al problema es impedir que se introduzca cualquier tipo de tecnología de comunicación a las cárceles.
En 2009 se creó el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (RENAUT) para prevenir y/o atender los delitos que utilizaban teléfonos celulares. Dos años después el Senado derogó el RENAUT porque no funcionó, pero lo más delicado y de responsabilidad para el Estado fue que la base de datos podía obtenerse en el mercado negro.
La Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI) hizo un llamado a las y los diputados para que rechacen la iniciativa de creación del Registro de Usuarios de Telefonía Móvil porque atenta contra los derechos fundamentales personales de casi 120 millones de personas usuarias de telefonía móvil.