PODER Y CRÍTICA | REDACCIÓN | La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió revocar la suspensión que permitía a Grupo Xcaret utilizar elementos del patrimonio cultural maya en su publicidad y plataformas digitales, por lo que la empresa deberá retirar dichos contenidos mientras continúa el proceso legal.
Corte elimina suspensión otorgada a la empresa
La medida había sido concedida en febrero de 2025 por un juez federal, lo que permitió a la compañía mantener el uso de iconografía, tradiciones y símbolos mayas en su promoción turística.
Con la nueva resolución, la Corte ordena dejar sin efecto esa suspensión y obliga a la empresa a acatar las disposiciones del Instituto Nacional del Derecho de Autor.
Indautor ordenó retirar elementos culturales
El conflicto inició en 2022, cuando autoridades instruyeron a Xcaret retirar materiales que incluían elementos del patrimonio maya como medida precautoria.
Posteriormente, en 2024, el organismo impuso sanciones por incumplimiento, lo que derivó en el litigio que llegó hasta la Corte.
Acuerdo con consejo maya no fue suficiente
La empresa argumentó contar con autorización del Gran Consejo Maya de Quintana Roo, con el que firmó un convenio por 15 millones de pesos.
Sin embargo, la resolución establece que dicho acuerdo no representa el consentimiento de todo el pueblo maya, conformado por diversas comunidades, por lo que no es válido para justificar el uso comercial de su patrimonio.
Fundamento en derechos indígenas
El fallo se sustenta en la reforma constitucional de 2024 y en la legislación vigente que reconoce el patrimonio cultural indígena como propiedad colectiva, cuyo uso requiere consentimiento previo, libre e informado.
En este sentido, la Corte consideró que el giro comercial de la empresa no hace indispensable el uso de estos elementos para ofrecer servicios turísticos.
Posibles sanciones
Con la revocación, Grupo Xcaret deberá cumplir con las medidas precautorias mientras continúa el proceso, que podría derivar en multas de hasta 15 mil UMA y otras responsabilidades legales.
El caso abre un debate relevante sobre los límites del uso comercial de símbolos indígenas dentro de la industria turística en México.






