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PALO A TIRSO ESQUIVEL: RECIBE SANCIÓN SIN PRECEDENTE POR SEXUALIZAR LA IMAGEN DE LA MUJER DURANTE SU CAMPAÑA

Sabitai by Sabitai
17 septiembre, 2021
in NACIONAL
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PALO A TIRSO ESQUIVEL: RECIBE SANCIÓN SIN PRECEDENTE POR SEXUALIZAR LA IMAGEN DE LA MUJER DURANTE SU CAMPAÑA

Xalapa, Veracruz, Viernes 17  de Septiembre de 2021, poderycrítica.-  La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sentenció hoy, con perspectiva de género y por unanimidad, que el ex candidato de Fuerza por México al gobierno municipal de Puerto Morelos, Manuel Tirso Esquivel Ávila, violenta la regla de no publicar propaganda electoral utilizando estereotipos, ya que usó fotografías y videos con la imagen sexualizada de mujeres, para atraer votantes.

En sesión virtual se destacó que es un asunto que establece un importante precedente en materia electoral al precisar, en forma clara y concisa, que no se deben publicar imágenes y videos de mujeres con estereotipos de género, como proyectar una imagen exageradamente sexualizada que, en los hechos, las cosifica socialmente y vulnera sus derechos humanos; siendo que la propaganda de los partidos políticos debe encaminarse a la difusión de las propuestas de los partidos políticos y sus candidatos.

Al presentar el proyecto Juicio Electoral 206 2021(JE/206/2021), el magistrado Adín Antonio de León Gálvez indicó que se expuso a mujeres como atractivo visual, al ser esta la forma en la que se materializa como el ex candidato pretendió impactar favorablemente la simpatía del electorado de forma continua al publicar las imágenes y videos en su perfil de Facebook.

Dijo que el análisis de esta conducta mereció especial relevancia, porque permite que el TEPJF reforzar su compromiso con la materialización del principio de igualdad y el deber de los órganos jurisdiccionales, de resolver con perspectiva de género, desde una visión que permita detectar las asimetrías de poder que comprometen el acceso a la justicia, lo que se traduce en cuestionar los posibles estereotipos discriminatorios de género, que se reproducen en la propaganda electoral.

Por su parte, la magistrada Eva Barrientos Zepeda comentó que en las publicaciones que hizo Esquivel Ávila en su red social, en las que se mostró a mujeres con atuendos carnavalescos en caminatas y eventos proselitistas, existieron elementos persuasivos basados en la imagen sexualizada de ellas, con la finalidad de proyectar la campaña.

En su intervención, el magistrado Enrique Figueroa Ávila dijo estar convencido de que el proyecto de resolución se ajusta a los artículos I y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el sentido de que todos los tribunales deben impartir justicia con base en una perspectiva de género.

Agregó que se debe propiciar la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los programas y acciones fijados por los partidos políticos en sus documentos básicos o plataforma electoral, sin embargo, se advierte que Tirso Esquivel utilizó la figura femenina desde un estereotipo que reproduce una preconcepcional sociocultural, que concibe a la mujer como un objeto utilizable para captar la atención del público al que se dirige.

Cabe mencionar que la denuncia fue interpuesta por el partido Redes Sociales Progresistas ante el Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), el cual impuso una multa, por atentar contra la dignidad de la mujer.

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