El dictamen reforma el Código Penal Federal y la Ley de Protección a la Propiedad Industrial; prevé de 1 a 5 años de cárcel por uso fraudulento de identidad institucional y hasta 10 años por piratería digital; la oposición advierte censura a la sátira
La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la reforma conocida popularmente como “Ley Antimemes”, que modifica el Código Penal Federal y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, y la turnó al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor.
Tras casi 10 horas de debate y la participación de 88 oradores, el pleno avaló el dictamen en lo general con 312 votos a favor de Morena, PT y PVEM y 119 en contra de PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, y en lo particular con 281 votos a favor y 87 en contra. Ninguna de las 177 reservas presentadas por la oposición fue admitida.
El proyecto, enviado por el Senado —que lo había aprobado el 30 de septiembre— y originalmente remitido por la presidenta Claudia Sheinbaum, es defendido por el oficialismo como una herramienta contra la piratería y los fraudes digitales, pero fue bautizada por la oposición como “Ley Antimemes” por el riesgo que, advierten, representa para la libertad de expresión, la sátira, la caricatura y el periodismo.
¿Qué sanciona?
Aunque no prohíbe de forma general los memes, la reforma contempla tres niveles de sanción dentro del mismo paquete:
- Uso fraudulento de identidad institucional: El nuevo artículo 403 Bis establece penas de 1 a 5 años de prisión y multas de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) —de 117 mil pesos a 1.2 millones de pesos— a quien “utilice, reproduzca, imite o incorpore —a escala comercial— la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales de cualquier institución pública de los tres órdenes de gobierno con la intención de inducir a error o engaño para cometer un ilícito”.
- Piratería y distribución anticipada: Penas de 4 a 10 años de prisión por distribuir obras protegidas por derechos de autor antes de su estreno oficial o por evadir medidas tecnológicas de protección; de 2 a 6 años por vender copias en vía pública y de 3 a 7 años por vender libros de texto gratuitos de la SEP, según el dictamen.
La escala comercial se fija en operaciones por 20 mil pesos o más.
El debate en San Lázaro
La sesión transcurrió entre pancartas con la leyenda “Censura de Morena”, cartulinas en forma de lápida con la frase “aquí murió la libertad de expresión” y memes alusivos a la presidenta y a Morena, exhibidos por diputados del PRI y PAN, como Ariana Rejón y César Israel Damián.
El oficialismo sostuvo que para configurar el delito deben coexistir tres elementos simultáneos: uso de identidad gráfica, escala comercial y dolo para engañar con fines ilícitos, por lo que no aplicaría a la sátira o crítica política. El presidente de la Comisión de Justicia, Julio César Moreno Rivera (Morena), argumentó que la ley busca combatir páginas falsas que suplantan al gobierno para estafar.
La oposición respondió que la redacción es ambigua y que el rechazo a incluir una cláusula explícita que eximiera los fines periodísticos, educativos, de parodia o sátira, deja margen para interpretaciones discrecionales. El panista Marcelo Torres advirtió que “si mañana un caricaturista los retrata vestidos de narcos […] el narco gobierno lo quiere ver tras las rejas”.
El dictamen fue turnado a la Consejería Jurídica del Ejecutivo para su promulgación.






