Roma, 27 Enero; poderycritica.- La Corte Europea de Derechos Humanos condenó hoy a Italia a indemnizar a una pareja a la que no le fue reconocido un hijo nacido en Rusia de madre subrogada.
El Tribunal con sede en Estrasburgo, Francia, consideró que el Estado italiano violó el derecho de un matrimonio de poder reconocer como hijo propio a un niño que no tiene ningún vínculo biológico con ella y que nació en Rusia de una madre de alquiler.
En particular, la Corte estableció que la autoridad italiana no demostró que era necesario quitar al menor a la pareja y darlo en adopción, como sucedió.
La decisión tiene que ver con el recurso presentado en 2012 ante la Corte Europea de Derechos Humanos por una pareja de la meridional localidad de Colletorto, que tras haber intentado concebir sin éxito con los propios gametos viajó a Rusia para recurrir a la maternidad subrogada.
En marzo de 2011 nació un niño reconocido por las autoridades rusas e inscrito en el registro civil de Moscú como hijo legítimo de la pareja.
Sin embargo, un vez retornado a Italia el matrimonio se vio negado el permiso de transcribir el acta de nacimiento en el registro civil local.
Las autoridades italianas consideraron que el certificado de nacimiento del menor tenía informaciones falsas y tras realizar un análisis del ADN establecieron que no existía ningún vínculo biológico con la pareja.
El menor fue declarado en estado de abandono y fue dado en adopción a otra familia, con la que vive desde 2013 y ha establecido vínculos afectivos.
Por ello la Corte de Estrasburgo solamente condenó a Italia a indemnizar a la pareja con 20 mil euros por daños morales y 10 mil por gastos, pero no a restituir al niño.
La práctica del llamado “utero en renta” es vetada en varios países europeos, con excepción de Reino Unido, Grecia, Holanda, Rumania, Ucrania y Rusia, a donde van muchas parejas italianas para recurrir a esa práctica.