Chetumal, Q. Roo, Martes 22 de septiembre de 2020, poderycrítica.- La empresa minera Sac Tun, antes CALICA y Legacy Vulcan desde el 2008 busca doblegar a los tres órdenes de gobierno para adueñarse de terrenos portuarios en Solidaridad. La empresa, exige más de mil 500 millones de dólares de compensación y, en el caso específico de su queja portuaria, otra cifra por 17.8 millones de dólares que la APIQROO cobró en tarifas portuarias supuestamente de manera ilegal por más de una década. Y pese a que los tribunales mexicanos rechazaron sus alegatos, la empresa insiste en tomar los derechos de dos predios para continuar con su negocio de extracción de materiales pétreos.
En diciembre del 2017, la Dirección General de Puertos, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) notificó a la Administración Portuaria Integral de Quintana Roo (APIQROO) que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), había resuelto en definitiva el amparo en revisión relacionado con el juicio de nulidad promovido por CALICA en contra de la Modificación al Título de Concesión de APIQROO realizada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2007.
Este conflicto, que tiene que ver con el cobro por los derechos de puerto, fue retomado por la empresa transnacional al presentar una demanda de arbitraje ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), por la modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Solidaridad en el 2008. El quejoso, argumenta que con esto, el gobierno solidarense, les impidió extraer material en dos predios denominados “La Adelita” y “El Corchalito”, a pesar de contar con los permisos federales.
La empresa, exige más de 1, 500 millones de dólares de compensación y, en el caso específico de su queja portuaria, otra cifra por 17.8 millones de dólares que la APIQROO cobró en tarifas portuarias supuestamente de manera ilegal por más de una década.
El origen de este conflicto se remonta al 25 de junio de 2007, cuando en el Diario Oficial de la Federación se publica la “Modificación al Título de Concesión para la administración portuaria integral de diversos puertos localizados en el Estado de Quintana Roo, otorgado en favor de Administración Portuaria Integral de Quintana Roo, S.A. de C.V.”
En el párrafo VIII.- Cuarta Modificación a la Concesión Integral, señala: “El día 10 de febrero de 2003, se modificó el primer párrafo de la Concesión Integral para incorporar al objeto de la misma, la terminal de uso público fuera de Puerto de “Punta Venado”, en el Estado de Quintana Roo y en la condición tercera se instruyó a la concesionaria que formalizará con Calizas Industriales del Carmen, S.A. de C.V., la sustitución de su Título de Concesión de fecha 30 de septiembre de 1994, por un Contrato de Cesión Parcial de Derechos, respecto de las áreas que se localizan dentro del recinto portuario correspondiente a la terminal de uso público fuera del Puerto de “Punta Venado”. El título de dicha modificación se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de febrero de 2003.”
Asimismo, en el párrafo XI.- Sentencia de Nulidad, explica que “En el resolutivo cuarto de la sentencia de fecha 5 de julio de 2006, pronunciada por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el juicio de nulidad promovido por Calizas Industriales del Carmen, S.A. de C.V., expediente No. 9566/03-17-10-6/51/06-PL-09-04, se resolvió lo siguiente:
“IV. Se declara la nulidad de las resoluciones impugnadas, precisadas en los incisos A y B del resultando primero de esta sentencia en los términos y por los motivos precisados en el considerando sexto del propio fallo”.