Chetumal, Q. Roo, Martes 22 de septiembre de 2020, poderycrítica.- La Asociación Estatal de Padres y Madres de Familia en Quintana Roo confirmó que resolvió de manera favorable al menos 150 quejas, por el presunto cobro de cuotas en escuelas del nivel medio superior en el Estado, que pretendían condicionar la inscripción de los estudiantes al grado inmediato.
Los cobros de las cuotas voluntarias para la inscripción o reinscripción de estudiantes del nivel medio superior en el estado de Quintana Roo, continúan generando inconformidad entre los padres de familia.
Al considerar que atenta en contra de su economía, más ahora que se ha visto impactada de manera negativa por la pandemia de Covid-19.
El presidente de la Asociación Estatal de Padres y Madres de Familia en Quintana Roo Sergio Acosta Manzanero dijo que, hasta el momento, esta organización contabiliza un promedio de 150 quejas por el cobro obligado de esta contribución voluntaria, de los cuales, 70 se ubican en la zona sur y 80 en la parte norte del Estado.
Sin embargo, a través del diálogo con los directores de los planteles, se han resuelto de manera favorable y se ha dado acceso a la educación de los jóvenes sin cobro alguno.
“De acuerdo a las posibilidades de cada familia, se harán donaciones para poder coadyuvar al funcionamiento escolar, pero por ningún motivo serán condicionantes, mucho menos obligatorio, sino que realmente será voluntario de acuerdo a las posibilidades de cada padre de familia”, afirmó.
Y es que el 30 de septiembre de 2019, en el Diario Oficial de la Federación, se publicaron las nuevas reformas a la Ley General de Educación. Dentro de los cambios sustanciales, se estableció que la educación obligatoria y gratuita, no sólo para el nivel básico sino también para el nivel medio superior.
El artículo 6 de la Ley General de Educación establece la obligatoriedad del nivel preescolar, primaria, secundaria y media superior, pero es el artículo 7 de la misma normatividad, en su fracción IV que estipula que estos niveles educativos son gratuitos.
Además que en los incisos a y b de esta misma fracción, se puntualiza que se prohíbe cualquier contraprestación por el servicio que presta el estado y que tampoco se puede condicionar las inscripciones o reinscripciones.