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Castigo institucional, Regidor Benjamín Vaca es sancionado por el órgano electoral IEQROO, el cual está al servicio de la Mafia Verde gobernante, el motivo demostrar su apoyo a Rafael Marín Mollinedo

DRC by DRC
3 noviembre, 2026
in QUINTANA ROO
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Castigo institucional, Regidor Benjamín Vaca es sancionado por el órgano electoral IEQROO, el cual está al servicio de la Mafia Verde gobernante,  el motivo demostrar su apoyo a Rafael Marín Mollinedo

PODER Y CRÍTICA | REDACCIÓN | El proceso electoral de Quintana Roo del 2027 inició formalmente a nivel general el 10 de septiembre de 2026, mientras que las actividades del Proceso Electoral Local arrancarán formalmente en enero de 2027 bajo el calendario coordinado por el Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), y a pesar de encontrarse en su etapa temprana, “La Mafia Verde” que asalto a Morena y se adueño del Gobierno local, ya empezó la persecución contra quienes apoyaron o simpatizan con el fundador de Morena en el estado, Rafael Marín Mollinedo, utilizando las instituciones electorales y de justicia para reprimir, coaccionar y seguir medrando del poder.

 

Una muestra de ello es las acciones que en la última semana de octubre tomó el Consejo del IEQROO quienes una resolución que sanciona al regidor Benjamín Vaca González, del Ayuntamiento de Othón P. Blanco, con su inscripción durante cuatro años en el Registro Estatal de Personas Sancionadas por Infracciones a la Normatividad Electoral. La determinación, adoptada en el procedimiento ordinario sancionador IEQROO/POS/114/2026, concluye que Vaca incurrió en violación de los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad, así como en uso indebido de recursos públicos para realizar promoción personalizada en favor de Rafael Marín Mollinedo. La votación resultó de cuatro votos a favor y dos en contra, entre ellos el de la consejera presidenta Rubí Pacheco Pérez.

 

Los hechos examinados se originaron en la vigésima cuarta sesión ordinaria de Cabildo celebrada el 25 de junio de 2026, en la que Vaca solicitó el uso de la voz para referirse a Marín Mollinedo, destacar sus cualidades, su trayectoria y su participación en el movimiento de Morena. La sesión fue transmitida por los canales oficiales del Ayuntamiento.

 

El análisis abarcó también publicaciones en la cuenta personal de Facebook del regidor, en las que manifestó respaldo a Marín, lo identificó como referente del movimiento y subrayó su recorrido político. El instituto consideró que las expresiones, difundidas desde un espacio institucional, constituyeron promoción personalizada y generaron un posicionamiento anticipado ante el electorado de cara al proceso electoral local de 2027.

 

Rafael Marín Mollinedo es fundador de Morena en Quintana Roo, ex titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México y aspirante en el proceso interno del partido para la Coordinación de la Defensa de la Transformación en el estado. Vaca, quien renunció al Partido Verde Ecologista de México en 2025 y se declaró independiente antes de integrarse al grupo de Morena en el Cabildo, realizó las manifestaciones en un momento en que Marín buscaba consolidar su posición dentro de esa dinámica partidista.

 

La resolución ordenó además dar vista al Órgano Interno de Control del Ayuntamiento de Othón P. Blanco para que determine, dentro de sus atribuciones, las consecuencias administrativas que correspondan por el uso de recursos públicos. La inscripción en el registro no suspende automáticamente derechos políticos, pero incorpora el nombre del regidor al catálogo público de personas sancionadas.

 

Durante la sesión del Consejo General, Pacheco Pérez anunció que no acompañaría el proyecto. Señaló que no encontraba sustentada de manera adecuada la causa de infracción a los artículos 134 y 166 Bis de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, preceptos a los que aludía la denunciante.

 

Indicó que el asunto versa sobre una supuesta vulneración a los principios de neutralidad, equidad e imparcialidad, así como sobre el uso indebido de recursos públicos y la promoción personalizada de la imagen.

 

Observó que no se está formalmente dentro de un proceso electoral, cuya declaratoria tendrá lugar en enero del año siguiente y que el asunto forma parte de la contienda interna de un partido político. Añadió que, de los autos del expediente, no se desprenden los elementos de prueba que pudieran sostener los hechos atribuidos, y que el proyecto procede a partir de una sola supuesta probanza a analizar una conducta que podría vulnerar principios constitucionales, pretendiendo forzar una concatenación con el uso de recursos públicos que no queda esclarecida.

 

La actual Consejera Presidenta del EQROO, Rubí Pacheco Pérez. que votó en contra expuso que compartía la necesidad de analizar con especial cuidado la conducta de las personas servidoras públicas que pudiera incidir en los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad, pero consideró que el proyecto presentaba cuestiones jurídicas que requerían mayor motivación.

 

Precisó que las manifestaciones en la sesión de Cabildo ocurrieron el 25 de junio de 2026, cuando aún no se encontraba en desarrollo el proceso electoral local 2027, y cuestionó el encuadre en la fracción de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales que refiere al incumplimiento del principio de imparcialidad cuando la conducta afecta la equidad entre partidos, aspirantes, precandidaturas o candidaturas durante los procesos electorales. Reconoció la jurisprudencia de la Sala Superior sobre el aspecto temporal en la promoción personalizada, pero sostuvo que la proximidad de una elección, el procedimiento interno partidista y las referencias a 2027 debían articularse con mayor claridad con el supuesto legal invocado.

 

Señaló asimismo que el proyecto citaba lineamientos del Instituto Nacional Electoral emitidos mediante la resolución INE/CG882/2022, instrumento revocado por la Sala Superior en el RAP 4/2023 y acumulado, por lo que las obligaciones consideradas incumplidas debían sustentarse en disposiciones vigentes.

 

Distinguió entre la transmisión institucional de una sesión pública y el uso indebido de recursos públicos atribuible a la persona denunciada, indicando que no resultaba suficiente establecer que Vaca intervino en una sesión transmitida y que conocía esa circunstancia; era necesario explicar cuál era su relación con el recurso y en qué consistió el aprovechamiento.

 

Consideró que debía distinguirse con mayor claridad la acreditación de la promoción personalizada y la del uso indebido de recursos, y justificarse de manera diferenciada cómo las expresiones actualizan la infracción y vulneran los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad.

 

Sobre la calificación de la conducta como dolosa, observó que conocer que las sesiones se realizan y transmiten mediante recursos públicos no demuestra por sí mismo la intención específica de producir el resultado infractor.

 

La jurisprudencia reconoce un deber de prudencia discursiva de las personas servidoras públicas, pero ese parámetro no sustituye la necesidad de acreditar los elementos de la infracción concreta ni permite tener por demostrado el dolo.

 

Respecto de la inscripción por cuatro años, señaló que el plazo debe motivarse a partir de las circunstancias particulares del caso, especialmente cuando el propio proyecto califica la conducta como leve y reconoce que no existe reincidencia; el reglamento encomienda determinar el periodo según las circunstancias de cada asunto y la naturaleza de la infracción.

 

Sobre la vista al órgano interno de control, consideró necesario justificar con mayor precisión la competencia de esa autoridad, dado que la fracción aplicable distingue entre la vista al superior jerárquico, una queja ante la autoridad competente y el supuesto en que la persona infractora sea el propio superior.

 

Concluyó que su posición no partía de desconocer la posible relevancia electoral de los hechos, sino de la exigencia de un análisis particularmente riguroso cuando la conducta involucra a una persona servidora pública y principios constitucionales de especial relevancia.

 

La sanción al regidor Vaca es una muestra de cómo “La Mafia Verde” ya inició una persecución de simpatizantes de Rafa Marín un pequeño detalle de lo que viene en las elecciones locales del 2027, todos aquellos que no comulguen con sus dictados y mandatos serán sancionados, enfrentarán juicios y en muchos caso, habrá cárcel. “La Mafia Verde” tiene sed de venganza.

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