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INTEGRANTES DE LA FRACCIÓN PARLAMENTARIA DEL PVEM RECHAZAN AUDITORÍAS Y DELFINARIOS

Redacción by Redacción
12 abril, 2017
in QUINTANA ROO
0
INTEGRANTES DE LA FRACCIÓN PARLAMENTARIA DEL PVEM RECHAZAN AUDITORÍAS Y DELFINARIOS

Chetumal, Q.Roo,12 abril , poderycrítica.- Los integrantes de la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en la Décimo Quinta Legislatura acusaron a los diputados que aprobaron la revisión de la cuenta pública 2014, 2015 y 2016 del ayuntamiento de Benito Juárez de utilizar al Congreso como herramienta política para desestabilizar a un municipio que requiere el trabajo en equipo de los tres poderes del Estado al violentar la suspensión otorgada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre los actos reclamados.

Los legisladores del Verde Ecologista de México, en conferencia de prensa,  pidieron sea sometida a revisión la iniciativa de decreto para modificar la Ley de Vida silvestre para el estado de Quintana Roo y quede asentado que ningún ejemplar mamífero marino pueda ser sujeto de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o comercial;  la prohibición para la utilización de ejemplares de mamíferos marinos en espectáculos fijos o itinerantes, así como cualquier actividad que involucre a estas especies y que no tengan por objeto la investigación científica y la educación superior de instituciones acreditadas

Además, una vez que entre en vigor la presente ley los ejemplares de mamíferos marinos en cautiverio existentes deberán ser reinsertados a la vida silvestre en un plazo no mayor a 365 días.

Para ello, los propietarios, personas físicas o morales, de las especies de mamíferos marinos en cautiverio deberán diseñar e implementar, con recursos propios, un programa de reinserción a la vida silvestre, mismo que tendrá que contemplar un estudio previo de identificación del número de especies candidatas a ser reinsertadas a su medio natural; los mecanismos de ejecución garantizando en todo momento la integridad física y la salud de dichas especies, el aval de Universidades reconocidas en el tema, así como los resultados obtenidos, debidamente notificados a la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente del Estado de Quintana Roo.

La verificación del cumplimiento del presente artículo estará a cargo de la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, quien podrá ejecutar sus atribuciones correspondientes y en su caso dar vista a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para su intervención y actuación de acuerdo a los ordenamientos jurídicos respectivos.

Además, queda prohibida la reproducción en cautiverio, así como la obtención e introducción de nuevos ejemplares y los propietarios de las especies de mamíferos marinos que no puedan ser reinsertados a la vida silvestre, deberán trasladarse a áreas de conservación y/o refugio, nacionales o internacionales, debidamente acreditados ante las autoridades correspondientes; debiendo notificar a la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente del Estado de Quintana Roo, los datos generales del traslado y lugar de recepción, con al menos 30 días naturales de anticipación.

A través de la diputada Patricia Peralta de la Peña, manifestó su beneplácito por la decisión de la SCJN de otorgar la suspensión otorgada “en contra de lo que a todas luces representa una violación Constitucional generado por un ejercicio abusivo por parte de los diputados que aprobaron dicho Acuerdo y como consecuencia del poder fiscalizador, al querer revisar ejercicios fiscales ya auditados, tanto por parte del Congreso como por la Auditoría Superior, violando los preceptos constitucionales que engloba el Art. 14, 16, 23, Política de los Estados Unidos Mexicanos”, en cuanto a la revisión de la cuenta pública 2014, 2015 y 2016 que realiza la Auditoría Superior del Estado.

La diputada manifestó que el órgano fiscalizador y la Legislatura del Estado en evidente desacato a la suspensión, continúan con el proceso de revisión de la cuenta pública por evidentes motivos políticos sin existir motivación lógica-jurídica y pretenden violar la autonomía hacendaria del municipio al ordenar estudiar nuevamente cuestiones que ya han sido revisadas en su momento por el órgano técnico fiscalizador, desconociendo inclusive determinaciones previas sobre la cuenta pública municipal que ya habían sido resueltas por el mismo Congreso del Estado.

Estas situaciones no son nuevas, ya se han hecho en algunas ocasiones y es por ello que la corte ha resuelto casos similares en los que por unanimidad han determinado que el ejercicio de la potestad fiscalizadora extraordinaria de los Congresos estatales respecto de las cuentas públicas municipales se encuentra sujeto a diversos límites materiales y temporales, dijo.

Las Legislaturas Estatales no podrían someter en más de una ocasión a un Municipio al proceso general, global y exhaustivo de fiscalización de la cuenta pública de un determinado ejercicio, pues ello dejaría a los Municipios en un estado de inseguridad y quitaría valor conclusivo al documento que recoge los resultados del proceso fiscalizador anual.

Afirmaron que los diputados que aprobaron dicha acción utilizan al Congreso como herramienta política contra el municipio de Benito Juárez

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