La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó aplazar todos los fallos sobre la constitucionalidad de la CURP biométrica obligatoria hasta que el Pleno fije un criterio vinculante.
Mediante el Acuerdo General 13/2026-AAG, aprobado en sesión privada del 14 de octubre y publicado este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el máximo tribunal instruyó a los Tribunales Colegiados de Circuito y Plenos Regionales a seguir tramitando los asuntos hasta dejarlos en estado de resolución, pero sin dictar sentencia.
Cifras:
- 145 asuntos en total al 30 de septiembre.
- 138 amparos en revisión pendientes en tribunales federales.
- 7 amparos en revisión radicados en la SCJN: expedientes 297/2026, 347/2026, 366/2026, 382/2026, 385/2026, 402/2026 y 409/2026.
El objetivo, según la Corte, es evitar fallos contradictorios entre tribunales antes de que se defina si la reforma viola privacidad y protección de datos.
Qué establece la reforma impugnada:
Publicada el 16 de julio de 2025, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, modificó la Ley General de Población y la Ley en materia de desaparición:
- Implementa CURP biométrica como documento nacional de identificación obligatorio con huellas dactilares y fotografía facial.
- Crea la Plataforma Única de Identidad y fortalece el Registro Nacional de Población.
- Permite consultar, compartir, verificar y cruzar información de distintas bases de datos para facilitar la búsqueda de personas desaparecidas.
- Debe ser aceptada por cualquier institución pública o privada que pida ID oficial.
Colectivos de buscadoras y organizaciones civiles protestaron alegando que la medida se usa para “espiar y no para buscar”.
El Acuerdo entra en vigor mañana. Paralelamente, la Corte ya definió la semana pasada que los más de 1,000 amparos contra el registro obligatorio de celulares vinculado a CURP deberán ser resueltos por jueces especializados en telecomunicaciones con sede en CDMX.






