PODER Y CRÍTICA | REDACCIÓN | La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, ya no podrá aprobar de manera unilateral la ejecución de obras públicas, al considerar que dicha facultad contraviene el principio constitucional de división de poderes.
Durante la resolución del caso, el máximo tribunal del país concluyó que permitir al Poder Ejecutivo estatal autorizar proyectos de infraestructura sin la intervención del Congreso local implica una concentración indebida de atribuciones que corresponden al ámbito legislativo.
Las ministras y ministros coincidieron en que las decisiones relacionadas con obras públicas y uso de recursos presupuestales deben estar sujetas a control y supervisión legislativa, al tratarse de actos que involucran planeación, asignación de gasto y mecanismos de rendición de cuentas.
La Corte subrayó que la participación del Congreso garantiza un equilibrio institucional y fortalece el control democrático sobre el ejercicio del dinero público, evitando que una sola autoridad concentre decisiones de alto impacto financiero y administrativo.
Con esta determinación, queda sin efectos la atribución que permitía a la mandataria estatal autorizar obras sin el aval del Poder Legislativo de Campeche.






