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Promulgan decreto del Tratado sobre Comercio de Armas

Redacción by Redacción
23 diciembre, 2014
in NACIONAL
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Promulgan decreto del Tratado sobre Comercio de Armas

México, 23 Diciembre; poderycritica.- El Ejecutivo federal promulgó eldecreto del Tratado sobre el Comercio de Armas, hecho en Nueva York, el 2 de abril de 2013, cuyo ad referéndum lo firmó el 3 de junio del año pasado, precisó la cancillería.

En un decreto promulgatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) señaló que el texto en español consta en la copia certificada adjunta, cuyo documento fue aprobado por el Senado de la República el 18 de septiembre de 2013.

El presente Tratado se aplicará a todas las armas convencionales comprendidas en las categorías siguientes: carros de combate; vehículos blindados de combate; sistemas de artillería de gran calibre; aeronaves de combate; helicópteros de ataque; buques de guerra

El instrumento de ratificación fue firmado el 20 de septiembre de 2013 y depositado ante el Secretario General de las Naciones Unidas el 25 de ese mismo mes y año.

Por ello y para su debida observación en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 constitucional, el Ejecutivo federal promulgó el presente decreto, en la ciudad de México, el 22 de diciembre pasado.

El presente decreto que entrará en vigor este miércoles, menciona que el Tratado tiene por objeto establecer normas internacionales comunes lo más estrictas posible para regular o mejorar la regulación del comercio internacional de armas convencionales y prevenir y eliminar el tráfico ilícito.

Además tendrá como fin contribuir a la paz, la seguridad y la estabilidad en el ámbito regional e internacional; reducir el sufrimiento humano, y promover la cooperación, la transparencia y la actuación responsable de los Estados partes en el comercio internacional de armas convencionales, fomentando así la confianza entre ellos.

El presente Tratado se aplicará a todas las armas convencionales comprendidas en las categorías siguientes: carros de combate; vehículos blindados de combate; sistemas de artillería de gran calibre; aeronaves de combate; helicópteros de ataque; buques de guerra; misiles y lanzamisiles; y armas pequeñas y armas ligeras.

Las actividades de comercio internacional abarcarán la exportación, la importación, el tránsito, el transbordo y el corretaje, denominadas o «transferencias”.

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